Sanidad y Consumo

Sanidad y Consumo

La concejalía tiene como misión:
En el área de Sanidad
Campañas de prevención para la salud.
El control sanitario de edificios, lugares de vivienda y convivencia humana.
La gestión y el control de los temas relacionados con los animales de compañía:
Animales potencialmente peligrosos, censo canino, mordeduras, molestias relativas a la tenencia de los mismos, control de colonias de gatos callejeros, control colonias palomas, malos tratos animales, control recogida de excrementos y avisos animales abandonados.
Avisos puntuales tratamientos vectoriales por notificación de vecinos (ratas, cucarachas, mosquitos, pulgas…) fuera de las campañas programadas.
En el área de consumo, a través de la OMIC
Recibe y gestiona quejas, reclamaciones, denuncias de los consumidores y usuarios ante las empresas y/o organismos correspondientes.
Realiza, en los casos en que se considera oportuno, actos de mediación entre el consumidor y el comerciante o productor de bienes y servicios objeto de la reclamación.
Forma y educa a los consumidores en los temas referidos al consumo de bienes o la utilización de servicios mediante campañas divulgativas, talleres, publicaciones, jornadas, etc.
En general garantiza la defensa de los intereses y derechos de los consumidores protegiendo su salud, seguridad y legítimos intereses económicos.

Concejala Delegada: Mercedes Torregrosa Orts

Departamento de Sanidad y Consumo

FUNCIONES DE LA OMIC

La OMIC tiene como función la información, ayuda y orientación a los consumidores y usuarios para el adecuado ejercicio de sus derechos y entre otras realiza las siguientes actividades:

  • Recepción de reclamaciones y denuncias.
  • Mediación entre consumidores y empresas en las reclamaciones.
  • Información a consultas de los consumidores.
  • Indicación de direcciones de otros centros públicos o privados de interés para el consumidor.
  • Realización de campañas informativas en materia de consumo.
  • Inspección de bienes y servicios de uso o consumo común, ordinario y generalizado.
  • Editar publicaciones sobre temas relacionados con el consumo.
  • Realizar actividades de colaboración con el sistema educativo, en materia de consumo.

¿QUIEN PUEDE RECLAMAR EN LA OMIC?

Pueden reclamar en la OMIC, los consumidores y usuarios, es decir las personas físicas o jurídicas, que adquieran, utilicen o disfruten como destinatarios finales, bienes, productos, servicios, actividades o funciones.

No pueden reclamar en la OMIC los comerciantes, profesionales o empresarios que adquieren algún producto o utilizan algún servicio para producir otros bienes o productos, integrándolos en procesos de comercialización o de prestación de servicios a terceros.

No se pueden reclamar en la OMIC, compras de productos o servicios de particular a particular, porque el vendedor no se dedica profesionalmente a ello.

No se puede reclamar en la OMIC, cuestiones que afectan a los vecinos de una comunidad, en sus relaciones vecinales. La comunidad como tal si puede reclamar contra el Administrador de Fincas o contra los profesionales con los que contraten (albañiles, fontaneros, seguros…). Se informara de la Ley de la Propiedad Horizontal.

No se puede reclamar en la OMIC, conflictos surgidos de un contrato entre particulares, como puede ser el alquiler de una vivienda. Se informará del contenido de la Ley de Arrendamientos Urbanos.

¿CÓMO PUEDE RECLAMAR EN LA OMIC?

  • Presentar la reclamación con la hoja de reclamaciones facilitada por la propia empresa reclamada, o con el impreso facilitado al consumidor por la OMIC. INSTANCIA.
  • Debe acreditarse con su nombre y apellidos, DNI, dirección y teléfono de contacto.
  • Igualmente, debe identificar claramente el establecimiento o servicio al que o por el que reclama.
  • Detallar brevemente las causas de la reclamación, y sobre todo, no se olvide de concretar lo que solicita (devolución de dinero, cambio de producto, arreglo de la avería, etc)
  • Acompañe su reclamación con fotocopias de los documentos que posea sobre el caso (facturas, contratos, presupuesto, resguardos, notas de entrega, etc…)

ACTUACIONES DE LA OMIC EN LAS DENUNCIAS Y RECLAMACIONES

  • En la OMIC, le informarán sobre si los hechos denunciados son motivos de reclamación, y si es así le ayudarán a plantearla, admitiéndola y registrándola. Si su reclamación la ha enviado por correo o a través del Registro General del Ayuntamiento, será estudiada y, en cualquier caso, proceda o no, será contestada por escrito.
  • Si la empresa reclamada no tiene su domicilio social, o el establecimiento en el término municipal de San Vicente del Raspeig, será remitida a la OMIC correspondiente o al Servicio Territorial de Consumo correspondiente.
  • Si se trata de un establecimiento del municipio, los servicios de inspección de la OMIC, lo visitarán o requerirán, exponiéndole el motivo de la reclamación y mediarán entre ambas partes para intentar llegar a un acuerdo previo a la tramitación.
  • Si la mediación resultara positiva, es decir cumpliendo la pretensión del reclamante, tras informar al mismo y tras la confirmación de que se ha cumplido el acuerdo alcanzado, se archivará la reclamación.
  • Si la mediación resultara negativa, y se detectasen infracciones en materia de los derechos de los consumidores, se remitirá el expediente al Servicio de Recursos y Sanciones del Servicio Territorial de Consumo, para su estudio e incoación del expediente sancionador , en su caso.
  • Cuando no hay acuerdo entre las partes, el conflicto puede someterse a la Junta Arbitral de consumo de Alicante.

ENLACES DE INTERÉS

Instituto Nacional de Consumo
Dirección General de Consumo Generalitat Valenciana
Agencia de Protección de Datos
Dirección General de Seguros
Secretaría de Estado para la Telecomunicaciones
Aviación Civil. Ministerio de Fomento
Banco de España

NORMATIVA GENERAL DE CONSUMO

  • Ley 3/2014, de 27 de marzo, por la que se modifica el Real Decreto Legislativo 1/2007. de 16 de noviembre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley General para la Defensa de los Consumidores y Usuarios y otras Leyes Complementarias.
  • Ley 1/2011, de 22 de marzo de la Generalitat, por la que se aprueba el Estatuto de los Consumidores y Usuarios de la Comunidad Valenciana

GUIA DE CONSULTAS MÁS FRECUENTES

Descripción

La concejalía tiene como misión:

  • Campañas prevención para la salud.
  • El control sanitario de edificios, lugares de vivienda y convivencia humana.
  • La gestión y el control de los temas relacionados con los animales de compañía: Animales potencialmente peligrosos, censo canino, mordeduras, molestias relativas a la tenencia de los mismos, control de colonias de gatos callejeros, control colonias palomas, malos tratos animales, control recogida de excrementos y  avisos animales abandonados.
  • Avisos puntuales tratamientos vectoriales por notificación de vecinos (ratas, cucarachas, mosquitos, pulgas…) fuera de las campañas programadas.

Relación de procedimientos

Obtención Licencia Municipal para la tenencia de Animales Potencialmente Peligrosos

1. TRAMITACIÓN Y DOCUMENTACIÓN A APORTAR

Licencia Municipal para la tenencia de Animales Potencialmente Peligrosos:

  • Instancia de solicitud normalizada
  • Certificado de Antecedentes Penales
  • Volante de empadronamiento (Se puede solicitar a través de la Concejalía)
  • Copia cartilla sanitaria del animal y de la tarjeta del RIVIA (microchip)
  • Certificado de aptitud física y psicológica (similar al solicitado para la obtención de la licencia de armas o el carnet de conducir)
  • Seguro en vigor de Responsabilidad Civil, por un valor asegurado mínimo de 120.000’00 Euros.
  • Declaración jurada
  • Pago de tasas por la obtención de la licencia: 42,34 Euros para el año 2016 Para los propietarios y 26,00 Euros si la Licencia es sólo de paseo.

 

Normativa de aplicación

Con Carácter general:

Ley General de Sanidad 14/1986, de 25 de abril.

Legislación específica para animales de compañía:

 

Enlaces a páginas web de interés

Registro informático Valenciano de identificación animal.
Consellería de Sanidad

Documento

Formato

ACTUALIZACION DATOS SIP

CALCULADORA PRESUPUESTO FAMILIAR

CONSUMIDORES QUE PUEDEN OPTAR AL BONO DE 90 EUROS PARA LA CALEFACCIÓN, A SOLICITAR DESDE DICIEMBRE DE 2021

DATOS SENTINEL 08.03.2021

INFORMACIÓN SOBRE EL MOSQUITO TIGRE

La Conselleria de Sanitat habilita enlaces para actualizar los teléfonos de los usuarios para facilitar la cita de la vacunación

Aprobación inicial Ordenanza

Citicentinel

Consulta previa Ordenanza de convivencia ciudadana