Policía Local

Policía Local

La Policía Local de San Vicente del Raspeig se conforma como un instituto armado, de naturaleza civil con estrutura y organización jerarquizada, que depende del municipio bajo la superior autoridad y dependencia directa de la persona titular de la alcaldía o de la concejalía en quien delegue, y tiene como misión proteger el libre ejercicio de los derechos y libertades de las personas y garantizar el normal desarrollo de la Convivencia, la Seguridad Ciudadana y la Seguridad Vial. En el ejercicio de sus funciones, las personas integrantes de los cuerpos de Policía Local tendrán el carácter de agentes de la autoridad.

Las funciones encomendadas a la Policía Local vienen recogidas en la Ley Orgánica 2/1986, de 13 de marzo, de Fuerzas y Cuerpos de Seguridad, y en la Ley 17/2017, de 13 de diciembre, de coordinación de policías locales de la Comunitat Valenciana.

La Policía Local de San Vicente del Raspeig, entre otras, presta los siguientes servicios:

  • Atención ciudadana personalizada y teléfonica las 24 horas del día.
  • Asistencia y auxilio a los ciudadanos en caso de accidentes, catástrofe o calamidad pública.
  • Instrucción de Atestados por accidentes de circulación y por delitos contra la seguridad vial.
  • Seguridad Ciudadana en la prevención de hechos delictivos, así como la instrucción de
  • Diligencias a Prevención por la comisión de hechos delictivos.
  • Ordenar, señalizar y dirigir el tráfico en el casco urbano.
  • Realización de Campañas de Educación Vial.
  • Vigilancia y custodia de los edificios municipales.
  • Vigilancia de los espacios públicos.
  • Mediación en conflictos particulares.

  • Protección a menores.
  • Atención a las víctimas de violencia de género.
  • Vigilancia en el cumplimiento de las ordenanzas municipales y otras normas administrativas.
  • Vigilancia a las infracciones urbanísticas, medio ambiente y sanidad.
  • Vigilancia de la ocupación de vía pública.
  • Vigilancia de las infracciones a la Ley de
  • Espectáculos Públicos, Actividades Recreativas y Establecimientos Públicos, y a la
  • Ley de Salud de la Comunidad Valenciana.
  • Vigilancia del cumplimiento de penas judiciales de localización permanente.

  • Concejal delegado: Adrián García Martínez

    Seguridad Ciudadana, Tráfico y Protección Civil

    Central de Policía Local

    Administración policial

    Unidad de Administración

    (En construcción)

    SOLICITUD DE INFORMES DE LA POLICÍA LOCAL

    Para la obtención de un informe sobre hechos en que se haya producido la intervención de efectivos de la Policía Local de San Vicente del Raspeig (Alicante), se atenderá al siguiente procedimiento:

     1. TASA. La obtención de dicho informe está sujeto al pago de la tasa correspondiente, que deberá hacer efectiva previamente en la Caja del Ayuntamiento, sita en la Plaça de la Comunitat Valenciana 1.

    La tasa está fijada enla Ordenanza fiscal reguladora de la tasa por expedición de documentos, en su artículo 8. Tarifas, apartado 7; a saber:

          a) Por cada informe relativo a accidentes de tráfico………………………….   44,57 €

          b) Por cada informe sobre actuaciones distintas de las anteriores…………   25,33 €

     2. SOLICITUD. A continuación deberá presentar instancia o escrito en la Oficina de Atención al Ciudadano, CIVIC, sita en la Planta Baja del Ayuntamiento, en la Plaça de la Comunitat Valenciana 1. de San Vicente del Raspeig (Alicante), C.P. 03690. Dicha instancia podrá obtenerse en la mencionada Oficina de Atención al Ciudadano, a la que se adjuntará el justificante del pago de la tasa correspondiente.

    En la solicitud se deberá hacer constar los datos personales del solicitante: nombre, apellidos, nº del Documento Nacional de Identidad o de Identificación de Extranjeros, domicilio, número de teléfono y dirección de correo electrónico (si el interesado la poseyera).

    También se indicará la calidad en la que se solicita el informe: 

    • Implicado en la intervención.
    • Afectado.
    • Familiar, en cuyo caso se indicará el parentesco.
    • Represente legal (abogado, compañía de seguros, etc.), en cuyo caso se indicará el tipo de vinculación y/o se aportará la documentación que lo acredite.

    En cuanto al contenido de la solicitud, será imprescindible indicar el motivo de la solicitud, la fecha en que se produjo la intervención policial, la hora (exacta o aproximada), el lugar y las circunstancias del hecho.

    3. EXPEDICIÓN DEL INFORME. No se facilitará informe cuando, como consecuencia del hecho que motivó la intervención se haya dado traslado del correspondiente atestado o informe a la Autoridad Judicial o Gubernamental.

    El tiempo de respuesta de la Administración, en los casos en los que proceda la entrega del informe a particulares, será el mínimo requerido para su obtención y trámite.

     


    SOLICITUD DE TARJETA DE ARMAS

    Solicitud y procedimiento para la obtención de una tarjeta de armas.

    Ordenanza Fiscal Reguladora de la Tasa por Expedición de Documentos

    Aprobada Pleno 28/10/1998 – BOP 31/12/1998
    Última modificacion Pleno 28/10/2016 – BOP 30/12/2016

    Artículo 8.- Tarifas.
    Las tarifas a aplicar por tramitación en toda clase de expedientes de competencia municipal, serán las siguientes:
    3.- Por el otorgamiento de cada licencia o guía que expida la Alcaldía-Presidencia por un rifle de aire comprimido:……. 5,89 €

     

    PROCEDIMIENTO PARA LA RETIRADA DE UN VEHÍCULO DEL DEPÓSITO MUNICIPAL

    Diríjase al Depósito Municipal, sito en las dependencias de la Policía Local, en la calle La Huerta, 1, teléfono 965675040.

    Para la retirada del vehículo deberá presentar la siguiente documentación:

    1. Permiso de Conducción.
    2. Permiso de Circulación del vehículo.
    3. Tarjeta de Inspección Técnica.
    4. Certificado de Seguro Obligatorio.
    5. Si no es el propietario: autorización escrita y firmada del mismo y copia del DNI del titular.

    Si su vehículo se encuentra en el depósito municipal, puede hallarse en cualquiera de las siguientes situaciones:

     

    a) Si su vehículo, denunciado por robo, ha sido recuperado.

    Deberá comprobar los daños que presenta el vehículo y los objetos que le hayan podido sustraer. A continuación debe dirigirse al Puesto de la Guardia Civil o Comisaría del Cuerpo Nacional de Policía, preferentemente donde formuló la denuncia, para retirar la misma y hacer constar la recuperación del vehículo. Este proceso es obligatorio antes de retirar el vehículo.

    Para la retirada del vehículo deberá presentar la documentación indicada y además el documento que justifique que ha retirado la denuncia que presentó en su momento.

     

    b) Si su vehículo ha sido inmovilizado.

     Si su vehículo se encuentra inmovilizado por superar los límites permitidos en una prueba de alcoholemia o por negarse a ella, deberá presentar la documentación indicada y además deberá someterse a la prueba de detección de alcoholemia o bien presentar otro conductor con permiso de conducir válido que pueda hacerse cargo del vehículo.

    Para la retirada del vehículo deberá presentar la documentación indicada y deberá abonar la tasa correspondiente al servicio de autogrúa y, si procede, el almacenaje que corresponda a los días de estancia del vehículo en el depósito.

     

    c) Si su vehículo ha sido retirado por encontrarse mal estacionado.

    Para la retirada del vehículo deberá presentar la documentación indicada y deberá abonar la tasa correspondiente al servicio de autogrúa y, si procede, el almacenaje que corresponda a los días de estancia del vehículo en el depósito.

     

    d) Importe en euros de las tasas generadas por la prestación del servicio de autogrúa y almacenaje.

    Ordenanza Fiscal Reguladora de la Tasa por Prestación del Servicio de Autogrúa para Traslado del Vehículos y Estancia de Ellos en Locales del Ayuntamiento

    Aprobada Pleno 28/10/1998 – BOP 31/12/1998
    Última modificacion Pleno 28/10/2015 – BOP 22/12/2015

    Artículo 5. Cuota tributaria

    La cuota tributaria se determinará en función de la aplicación del siguiente cuadro de tarifas:

    1. Cuando se acuda a realizar el servicio, e iniciados los trabajos necesarios para el traslado del vehículo al depósito municipal, estando colocados los herrajes sobre el mismo y en disposición de ser elevados, no se pueda consumar este por la presencia de su propietario.

    a) Por vehículos cuyo p.m.a. no exceda de 2.500 Kg…………………….     41,00 €

    b) Por vehículos cuyo p.m.a. sea superior a 2.500 Kg…………………….     62,00 €

    c) Por motocicletas, ciclomotores y similares……………………………….     20,00 €

     

    2. Cuando se realice el servicio completo trasladando el vehículo infractor hasta el depósito municipal:

    a) Por vehículos cuyo p.m.a. no exceda de 2.500 Kg……………………..     81,00 €

    b) Por vehículos cuyo p.m.a. sea superior a 2.500 Kg…………………….    128,00 €

    c) Por motocicletas, ciclomotores y similares ………………………………      43,00 €

     

    3. Cuando se realice el servicio desplazando el vehículo entre calles o en la misma vía pública, sin trasladarlo al depósito municipal:

    a) Por vehículos cuyo p.m.a. no exceda de 2.500 Kg……………………….    47,00 €

    b) Por vehículos cuyo p.m.a. sea superior a 2.500 Kg………………………    67,00 €

    c) Por motocicletas, ciclomotores y similares………………………………….   25,00 €

     

    4. Por el almacenamiento de vehículos en el depósito designado por el Ayuntamiento se devengará la cantidad de 3,00 € por día de estancia en el mismo, a partir de las primeras 24 horas, salvo que se encuentren a disposición judicial.

     Cuando se trate de triciclos y cuadriciclos, quads, vehículos especiales no especificados en la presente, se cobrará la tasa que corresponda en función del tipo de homologación que figure en la propia documentación del vehículo. Cualquier conflicto suscitado en cuanto a la tipología del vehículo y su tonelaje se resolverá conforme a la normativa vigente.

    Atención Ciudadana 092
    Atestados, Policía Judicial e Investigación de Accidentes

    Unidad de Atestados, Policía Judicial e Investigación de Accidentes

    (En construcción)

    Cómo solicitar un informe por accidente de circulación.

    Brigada de Urbanismo, Medio Ambiente, Aperturas (BUMA)

    Brigada de Urbanismo y Medio Ambiente

    (En construcción)

    Ocupación de Vía

    ¿Se ha perdido su perro?

    Si su perro se ha extraviado o ha sido sustraído, consulte el siguiente procedimiento para registrar la pérdida en el Registro Informático Valenciano de Identificación Animal (RIVIA).

    Acceso al RIVIA 

    Póngale el chip a su perro, es obligatorio y le ayudará a encontrarlo.

    Protección Civil

    Protección Civil

    El Área de Protección Civil depende orgánica y funcionalmente de la Concejalía de Seguridad Ciudadana, Tráfico y Protección Civil.

    Plan de actuación para el rescate de cicloturistas en la comarca de l’Alacantí.

    Memoria de actuaciones Año 2019

    Participación en la Jornada de Puertas Abiertas  en Sax (Alicante) el 9 de diciembre de 2017, junto a unidades de otras poblaciones y comunidades como Madrid, Castilla-La Mancha y Comunitat Valenciana. 

    Agrupación Local de Voluntarios de Protección Civil

    La Agrupación tiene como finalidad la colaboración en la previsión y prevención de situaciones de grave riesgo colectivo, catástrofe o calamidad pública que puedan plantearse en el municipio, en la protección y socorro de las personas y los bienes cuando dichas situaciones se produzcan y en el restablecimiento de la normalidad en el área afectada.

    La sede de Protección Civil de San Vicente del Raspeig, se abre todos los viernes desde las 19:00 horas hasta las 20:00 ó 21:00 horas según los asuntos a tratar, tanto para los voluntarios como para personas interesadas en solicitar información de acceso a nuestra Agrupación.

    Si estás interesado en formar parte de la Agrupación, puedes contactar con nosotros por teléfono o correo electrónico. También puedes dejar tus datos en el Ayuntamiento o en la Policía local y nosotros nos encargaremos de contactar contigo para acordar una entrevista.

    Puedes ingresar en la Agrupación a partir de los 16 años con el permiso de los padres o tutores. Tendrás que cumplir una serie de requisitos que se tratarán en la entrevista personal y una vez aceptados pasarás un periodo de formación como aspirante, hasta realizar el Curso Básico de Protección Civil y pasar a formar parte de la misma.

    De nuestro Reglamento:

    Artículo 8. La Agrupación Local de Voluntarios de Protección Civil es una organización de carácter humanitario y altruista, que actúa de manera desinteresada y solidaria en beneficio de las personas, los bienes y el medio ambiente de la Comunitat Valenciana, desarrollando las labores propias de la protección civil.

    Artículo 10. La Agrupación se integra por las personas físicas que ostenten la condición de voluntario de Protección Civil de conformidad con lo establecido en nuestro Reglamento.

    Jefe de la Agrupación: Guillermo Rull Alcaraz

    Servicio de Atención a la Familia y Violencia de Género (SAF-VIOGEN)
    Servicio de Investigación y Análisis de Graffitis (SIAG)

    La Concejalía de Policía pone en marcha el Servicio de Investigación y Análisis de Graffitis (SIAG), encaminado a combatir los actos vandálicos producidos por pintadas y/o graffitis que atenta contra la Ordenanza de la Imagen de la Ciudad causando un grave deslucimiento de nuestro municipio.

    Los vecinos de la localidad podrán ponerse en contacto con éste servicio llamando a la Central de Policía a través del número de teléfono 965675040,  o enviando un correo electrónico a policia.graffitis@raspeig.org con el fin de comunicar la existencia de pintadas recientes, tanto en lugares públicos como privados que sean visibles desde las zonas públicas, tales como pintadas en fachadas de edificios o persianas de comercios, entre otros. Posteriormente, el Oficial encargado de gestionar el SIAG se pondrá en contacto con el solicitante con la finalidad de obtener los datos necesarios para iniciar el procedimiento.

    Para conseguir resultados óptimos ésta Concejalía cuenta con un Oficial titulado como Perito Caligráfico y con un laboratorio totalmente equipado para llevar a cabo los análisis de escrituras así como de cualquier documento que haya podido ser alterado y/o falsificado.

    Por último aclarar, que dichas infracciones aunque se realicen en lugares privados si son visibles desde zonas públicas se persiguen de oficio por la Policía sin necesidad de denuncia previa del perjudicado, dado que en la mayoría de las ocasiones se trata de un deslucimiento recogido como infracción administrativa en la Ordenanza de Protección de la Imagen de la Ciudad, por lo que el solicitante del servicio no se verá incurso en ningún procedimiento, salvo que personalmente, una vez identificado el presunto autor quiera ejercer su derecho de reparación del perjuicio causado a través de la vía civil.

     Ordenanza de Protección de la Imagen de la Ciudad.

    Artículo 24

    Se prohíben las pintadas y la colocación de carteles y pancartas en los espacios públicos, o privados visibles desde la vía pública, salvo en los lugares y supuestos expresamente señalados en la autorización que a tal efecto se otorgue. Asimismo, en los términos establecidos en el artículo 28, queda prohibida la distribución de octavillas en la vía pública sin haber efectuado la comunicación previa al Ayuntamiento, acompañada de la documentación correspondiente.

     

    LEY

     

    ORD

     

     

     

    Sanción €

     

     

    Art.

    Ap.

    Opc.

    Infracción

     

    140 LBRL

     

    L

    24

     

    1

    Realizar pintadas en los espacios públicos, o privados visibles desde la vía pública, salvo en los lugares y supuestos autorizados por el ayuntamiento

     200

    Servicio de Tráfico, Señalización y Seguridad Vial

    ZONAS PÚBLICAS DE CARGA Y DESCARGA.

       Plano de situación de las cargas y descargas públicas (pinchar aquí).

      Listado de la ubicación de las cargas descargas públicas (pinchar aquí).

     


    ESTACIONAMIENTOS PARA PERSONAS CON DISCAPACIDAD.

      Plano de situación de los estacionamientos (pinchar aquí).  

      Listado de situación de los estacionamientos (pinchar aquí).

     

     

    VADOS PERMANENTES.

      Procedimiento para la insatlación de isletas delimiadoras de vados. (pinchar aquí)

       Obligatoriedad de las pegatinas del año en los vados permanentes. (pinchar aquí)

       Solicitud de isletas delimitadoras de vados permanentes.  (pinchar aquí)

    Tablón de anuncios

    Documento

    Formato

    Instancia general en castellano

    Instància general en valencià

    Información sobre vehículos abandonados

    Solicitud Tarjeta de armas aire comprimido

    Vados permanentes: Solicitud de isletas delimitadoras

    Procedimiento para registrar un perro perdido